miércoles, marzo 11, 2015

Proclama por la gestión laxa de los fondos públicos

Pues hallábame yo midiendo cargas administrativas (esto es, traduciendo a euros contantes y sonantes lo que la burocracia -la cumplimentación de papeleo que exigen las normas- detrae del bolsillo a empresas y ciudadanos), cuando me encontré con esta perla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (el subrayado es mío):
Junto a estas cuestiones, se han incluido criterios que aporten una mayor objetividad en los procesos de baremación de las solicitudes presentadas en los procesos de concesión de subvenciones, acorde con la actual situación económica y la disminución de los créditos disponibles que la misma conlleva.
Merece ser esculpido ese mensaje, tal que así:

Y es que, efectivamente, los nuevos criterios contenidos en esa orden de 2013 comportan cambios con respecto a la orden de 2011, cambios que inciden en la equidad que ha de presidir la actuación pública. Pero lo hacen en el sentido de aumentarla, dado que, en la nueva norma, la renta del beneficiario pasa en general, en todas las líneas de subvenciones reguladas, a ostentar mayor importancia frente a otros criterios.

Así, por ejemplo, el criterio renta en las ayudas a personas mayores para la adquisición de prótesis u órtesis -una de las líneas de subvenciones regulada, ver más abajo- pasa a ostentar una especificación que hace más precisa la puntuación obtenida por cada solicitante y más objetiva la resolución, en mayor medida que en 2011. La renta, además, pasa en este caso a ser el criterio exclusivo para la obtención de la subvención.
La cuestión es que esta orden, por otro lado, es un laudable ejemplo de simplificación administrativa, al hacer uso del esquema de normalización -de la información y del derecho- que impulsó en 2010 mediante decreto (decreto 282/2010, y sus dos órdenes de desarrollo) la Consejería de Hacienda.
Esa nueva regulación de las subvenciones estableció la definición de tres elementos para toda nueva normativa que hubiera de publicarse en materia de subvenciones y la exigencia de su utilización a todas las Consejerías.
Esos elementos eran:
  • las denominadas bases reguladoras tipo,
  • los formularios tipo y
  • los Cuadros-resúmenes.
Estas herramientas de simplificación administrativa, que sistematizan y estructuran la relación de intercambio entre Administración y terceros, ayudan, y conducen, al solicitante en la cumplimentación de la información requerida, información sin la cual no se podría llevar a cabo la tramitación (por más que el solicitante la perciba como engorrosa).
Se ataca de esta manera tanto la proliferación de normas como la variabilidad en la redacción de las normas por distintos equipos de gestión dentro de la misma Consejería o entre las distintas Consejerías. En definitiva, se alivia la carga administrativa -el papeleo- a entidades y ciudadanos, impuesta por mor del bien superior a proteger (el bienestar de éstos y la seguridad jurídica).
Lo malo es el parrafito de marras con el que empezaba este post, y que, con el examen más detallado visto, resultaría incongruente.

¿Cuál era el pensamiento de fondo del redactor -y de los filtros de supervisión posteriores- de ese párrafo en la norma que regulaba el gasto en 2013 de en torno a 23 millones de euros en subvenciones? ¿El subconsciente traicionado? ¿Laxa responsabilidad? Superada la crisis ¿se gastarán los fondos con menos objetividad?
La exigencia de profesionalidad, rigor y eficiencia -amén de equidad- en el gasto de los dineros de los ciudadanos ha de ser siempre máxima, obviamente, cualquiera que sea la cantidad. Sí importa cómo se gasten los fondos públicos.
Deja ese párrafo el cuerpo más bien intranquilo: vienen de manera inevitable a la mente las vergonzosas recientes experiencias de descontrol y mal uso de fondos públicos -juntos a otros claramente delictivos- que todos conocemos y han protagonizado la vida pública de nuestra comunidad autónoma.
Esas dañinas actitudes dan alimento a lo que Acemoglu y Robinson señalaban: que la clave del desarrollo no está en la posesión de recursos naturales ni en cuestiones culturales, ni en la geografía o el clima, sino en las instituciones económicas y políticas, en su tipo y diseño –y las nuestras son homologables a las de cualquier otro país europeo avanzado– y, sobre todo, en su calidad y desempeño.

La actividad subvencional de la Administración andaluza -similar a la de cualquier otra Comunidad Autónoma- alcanzó en 2009 aproximadamente los 480.000 millones de las antiguas pesetas (2.880.902.109,43€), lo que representa el 8,52% del total del Presupuesto de gastos de la Junta de Andalucía.



Consejería de Salud y Bienestar Social
Orden de 21 de junio de 2013, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la Consejería

(BOJA 129 de 4 de julio de 2013)

La caracterización de las subvenciones reguladas en la orden es la siguiente:
 

Línea 1. Subvenciones individuales para personas mayores (adq. prótesis y órtesis).
Línea 2. Subvenciones individuales. Personas con discapacidad.
Línea 3. Subvenciones para la cobertura de becas de educador o educadora en centros residenciales de protección de menores dependientes de la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.
Línea 4. Subvenciones en el marco del Plan Integral para la Comunidad Gitana de Andalucía para núcleos de población de más de 20.000 habitantes.
Línea 5. Subvenciones en el marco del Plan Integral para la Comunidad Gitana de Andalucía para núcleos de población de menos de 20.000 habitantes. NO CONVOCADA EN EL EJERCICIO
Línea 6. Subvenciones a Entidades Locales para la atención a personas emigrantes temporeras andaluzas y sus familias. NO CONVOCADA
EN EL EJERCICIO
Línea 7. Subvenciones a Entidades Locales para la atención a personas inmigrantes.
Línea 8. Subvenciones a Entidades Locales intervención en Zonas con Necesidades de Transformación Social.
Línea 9. Subvenciones en materia de prevención comunitaria de las drogodependencias y adicciones.
Línea 10. Subvenciones para el mantenimiento de entidades privadas dedicadas al ámbito de la acción social.
Línea 11. Subvenciones a entidades privadas para Programas de acción social.
Línea 12. Subvenciones en materia de inversiones para la atención a las drogodependencias y adicciones, así como en el área de la comunidad gitana, personas sin hogar y zonas con necesidades de transformación social. NO CONVOCADA EN EL EJERCICIO
Línea 13. Subvenciones institucionales para la reforma y equipamiento de centros para la atención a personas mayores. NO CONVOCADA EN EL EJERCICIO
Línea 14. Subvenciones institucionales. Personas mayores. Programas y mantenimiento.
Línea 15. Subvenciones institucionales. Personas con discapacidad. Elaboración de Planes de Accesibilidad. NO CONVOCADA EN EL EJERCICIO
Línea 16. Subvenciones institucionales. Personas con discapacidad. Programas y mantenimiento.
Línea 17. Subvenciones institucionales reforma y equipamiento centros atención personas con discapacidad.
Línea 18. Subvenciones institucionales. Personas con discapacidad. Eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y en el transporte. NO CONVOCADA EN EL EJERCICIO.



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